Personal doméstico: cómo quedaron los salarios mínimos desde octubre y qué tramos se actualizan hasta fin de año
La Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares fijó subas mensuales entre agosto y diciembre, con la incorporación parcial de una suma no remunerativa al básico. Los montos varían por categoría, modalidad y zona geográfica.
El personal de casas particulares percibe desde el 1° de octubre nuevos salarios mínimos, en el marco del esquema de actualizaciones escalonadas que la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares dispuso mediante la Resolución 6/2026 (fuente: Boletín Oficial de la República Argentina). La decisión fija porcentajes de aumento mensuales sucesivos que cubren el período comprendido entre agosto y diciembre del corriente año, con el propósito de ordenar la recomposición salarial del sector en tramos acotados y verificables.
Vamos a los números. El cronograma acordado establece una suba de 8 décimas de agosto (4 %) —perdón, del 1,9 % en agosto—, seguida por un 1,8 % en septiembre, un 1,7 % en octubre y un 1,6 % tanto en noviembre como en diciembre (fuente: Resolución 6/2026 de la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares). Se trata de incrementos diferenciados y decrecientes, aplicados sobre los valores vigentes al cierre del trimestre anterior, que impactan por igual en las retribuciones pactadas por hora y en las remuneraciones mensuales fijadas para cada categoría laboral.
Comparado con la campaña anterior, cuando los ajustes del sector se concentraron mayoritariamente en un único tramo semestral con revisión posterior, esta modalidad introduce una dinámica mensual de actualización, lo que reduce la brecha entre el momento del acuerdo y la percepción efectiva del incremento. En términos prácticos, eso implica que entre agosto y diciembre el salario mínimo acumuló una variación total cercana al 8,6 %, distribuida en cinco tramos consecutivos.
La suma no remunerativa se incorporó parcialmente al básico
A partir de octubre, además del porcentaje de aumento mencionado, se incorporó al salario básico el 50 % de la suma no remunerativa que se había abonado en agosto. Esa suma, de carácter excepcional y transitorio, osciló entre 8.000 y 20.000 pesos según la cantidad de horas semanales trabajadas (fuente: Resolución 6/2026 de la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares). Con esta incorporación parcial, el componente remunerativo del sueldo gana peso relativo, mientras que el otro 50 % continuará abonándose por separado, al menos hasta diciembre.
Categorías, modalidad y adicionales que modifican el recibo
- Retribución por hora: los valores mínimos se determinan de acuerdo con la categoría laboral y con la modalidad de trabajo, distinguiendo entre el personal con retiro y aquel que reside en el domicilio del empleador.
- Horas extra en días comunes: el recargo es del 50 % sobre el valor horario normal.
- Horas extra en sábados después de las 13, domingos o feriados: el recargo se eleva al 100 % sobre el valor horario normal.
- Adicional por zona patagónica: suma un 31 % a la remuneración cuando el domicilio laboral se encuentra en La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, o en el Partido de Patagones, provincia de Buenos Aires.
- Adicional por antigüedad: equivale al 1 % del salario básico por cada año trabajado con el mismo empleador y se calcula exclusivamente sobre los años correspondientes a esa relación laboral en particular.
En suma, el cuadro salarial del sector queda configurado por tres ejes complementarios: el valor de referencia fijado para cada categoría y modalidad, los porcentajes de incremento mensual dispuestos por la Comisión, y los adicionales zonales y por antigüedad que se aplican sobre esa base. La lectura combinada de estos componentes es la que define el monto líquido que percibe cada trabajadora en función de su situación particular.
Lo que falta saber es cómo se trasladarán estos nuevos mínimos a los acuerdos individuales ya vigentes entre empleadores y personal, en particular en aquellos casos donde los plazos de revisión pactados no coinciden con el calendario mensual dispuesto por la Resolución 6/2026. También queda pendiente de definición el destino del 50 % restante de la suma no remunerativa original, una vez que concluya el esquema de incrementos previsto para diciembre.
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