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LUN, 21 SEPT 2026
Economía

El personal de casas particulares cobrará un ajuste del 1,7% en octubre y suma nuevas escalas por categoría

La actualización, oficializada por la Resolución 6/2026, se calcula sobre los sueldos mínimos de septiembre y se aplica a todas las categorías del régimen, con un adicional del 31% para las zonas desfavorables del sur del país.

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Ramiro OyolaEconomía y producción · 21 DE SEPT DE 2026 · lectura 3 min

Un 1,7% (Resolución 6/2026 de la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares) será el porcentaje de incremento que recibirán, a partir de octubre de 2026, las remuneraciones mínimas del personal de casas particulares, en un movimiento que se aplicará de manera uniforme sobre las escalas vigentes en septiembre y que, en la comparación con la campaña anterior, mantiene la mecánica de ajustes mensuales escalonados prevista por la Comisión para el trimestre final del año.

Vamos a los números. La novedad no se limita al porcentaje. El mismo mes contempla la incorporación al básico del 50% de la suma no remunerativa que se pagó por única vez con los salarios de agosto, un componente que ya había sumado el 25% en septiembre y que completará su integración en noviembre con el 25% restante, de acuerdo con el cronograma oficial.

Cómo se ordena el régimen por categorías y modalidades

La estructura salarial diferencia los haberes mínimos de acuerdo con las tareas desarrolladas y con la modalidad de contratación, distinguiendo entre el trabajo con retiro y sin retiro. Entre las actividades comprendidas en el régimen figuran las tareas generales de limpieza, lavado, planchado, mantenimiento y preparación de comidas, mientras que la categoría de asistencia y cuidado agrupa las prestaciones no terapéuticas destinadas a personas con discapacidad o enfermas, así como a adultos mayores, adolescentes y niños.

El esquema también contempla al personal contratado exclusivamente para cocinar, a quienes realizan trabajos que requieren especial idoneidad y a la categoría de supervisión, reservada a quienes tienen al menos dos personas a cargo y coordinan sus tareas. Los caseros, en tanto, perciben sus haberes bajo una modalidad específica que incluye el cuidado y preservación de la vivienda que habitan como parte del contrato laboral.

  • Tareas generales: limpieza, lavado, planchado, mantenimiento y preparación de comidas.
  • Asistencia y cuidado: atención no terapéutica a personas con discapacidad o enfermas, adultos mayores, adolescentes y niños.
  • Personal exclusivo para cocina y trabajos con especial idoneidad.
  • Supervisión: mínimo de dos personas a cargo y coordinación del equipo.
  • Caseros: cuidado y preservación de la vivienda habitada por el trabajador.
  • Adicional del 31% sobre el mínimo para zonas desfavorables: Neuquén, Chubut, Río Negro, La Pampa, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur y el partido bonaerense de Patagones.

El calendario completo y lo que falta saber

La Resolución 6/2026, publicada en el Boletín Oficial, formalizó los cambios y describió la integración progresiva al básico de la suma extraordinaria abonada con los haberes de agosto, cuyo monto variaba según las horas semanales trabajadas. El calendario salarial para el tramo final del año quedará entonces integrado por el 1,7% de octubre, al que se sumarán dos incrementos adicionales del 1,6% en noviembre y del 1,6% en diciembre de 2026, completando así el esquema trimestral dispuesto por la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares.

Para los empleadores y para los trabajadores del sector resta todavía una cuestión práctica por dilucidar: la publicación detallada de las nuevas escalas mínimas por categoría y modalidad, que la Comisión suele difundir junto con cada resolución, y el impacto concreto que tendrá la absorción del 50% de la suma no remunerativa sobre los recibos de haberes de octubre, un punto que suele generar consultas en los meses en los que se producen este tipo de incorporaciones al básico.

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Ramiro OyolaEconomía y producción

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